viernes, 17 de abril de 2009

Aixa Lorena Lotoski 2º 1º

Derechos del niño
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Los Derechos del Niño (o Derechos de la Infancia) son derechos que poseen los niños, niñas y adolescentes, incluso antes de nacer. Son inalienables, irrenunciables, innatos e imprescindibles para una buena infancia.


Antecedentes
La idea de acoger los derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallès en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin en Children's Rights (1892).
En este ambiente receptivo, en las dos primeras décadas del siglo XX circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a veces en forma literaria o bien como resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas.
La primera declaración de derechos del
niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebb fundadora de la organización internacional Save the Children, que fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de diciembre de 1924.
Las
Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños debían estar especialmente enunciadas y protegidas.
Por ello, la
Asamblea General de la ONU, aprueba en 1959 una Declaración de los Derechos del Niño, que constaba de 10 principios, concretando para los niños los derechos contemplados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Seis años antes había decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños (UNICEF) continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la protección de la infancia (denominándolo oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia).
A partir de 1979, con ocasión del Año Internacional del Niño, se comenzó a discutir una nueva declaración de derechos del niño, fundada en nuevos principios. A consecuencias de este debate, en 1989 se firmó en la ONU la
Convención sobre los Derechos del Niño.

Derechos del niño y legislación interna
A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, casi la totalidad de los países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso
constitucional. Entre los derechos del niño que han sido reconocidos en forma creciente, podemos anotar:
Derecho a la educación
Derecho a una familia
Derecho a la atención de salud preferente
Derecho a no ser obligados a trabajar
Derecho a ser escuchado
Derecho a tener un nombre
Derecho a una alimentación cada día
Derecho de asociación y derecho a integrarse, a formar parte activa de la sociedad en la que viven
Derecho a no ser discriminado
Derecho a no ser maltratado
Derecho a la recreación
Derecho a una nacionalidad

Notas
El preámbulo indica claramente: “Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”.

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